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Indemne y Asociados

Preguntas frecuentes

Es la diciplina jurídica que va dirigida a buscar la reparación integral del daño, ocasionado a una persona que no tenía por qué soportar un daño. En los últimos años esta rama del derecho ha crecido exponencialmente debido a que existe una nueva cultura y concepción del daño, ya que hoy en día ya no se le atribuye el daño sufrido a la divinidad o al destino, sino que cada día existen mas reclamos indemnizatorios a los causantes del daño o a personas que son obligados solidarios a la reparación de este.

La representación legal en materia civil consiste en que un abogado asuma la defensa de los intereses de una persona (natural o jurídica) que ha sufrido un daño, ya sea patrimonial (económico) o extrapatrimonial (daños morales o emocionales). En este tipo de casos, el abogado busca obtener una compensación justa a través de demandas civiles por responsabilidad civil, en las que se reclaman indemnizaciones por los daños causados.

En materia penal, los daños que pueden reclamarse incluyen tanto los patrimoniales (por ejemplo, daños a bienes o pérdidas económicas) como los extrapatrimoniales (como el sufrimiento emocional, daño psicológico, o el daño moral). Estos daños pueden derivarse de un delito, y la víctima tiene derecho a solicitar una reparación integral, que puede incluir una compensación económica, tratamiento psicológico o médico, entre otros.

Si es posible, siempre y cuando en materia penal no se haya cubierto de manera integral el daño a reparar, en muchas ocasiones cuando una persona es victima de un delito las empresas responsables sobre todo del gremio asegurador, ofrecen en pago una cantidad muy baja como reparación del daño mediante lo que se denomina acuerdos reparatorios y las victimas por no contar con una asesora adecuada firma esos acuerdos, sin embargo cuando la reparación pagada en sede penal no es acorde a la reparación total e integral del daño sufrido es viable reclamar de forma complementaria una indemnización que si vaya acorde a reparar en la medida de lo posible el daño ocasionado.

Si. Al momento de actualizarse el riesgo amparado en la póliza de seguro, la empresa aseguradora se encuentra obligada a pagar al beneficiario por los daños que ocasiono su asegurado, por lo que la ley impone a dicha empresa esa obligación de indemnizar de manera directa al afectado.

En materia administrativa, la reclamación de daños patrimoniales y extrapatrimoniales suele darse cuando el daño ha sido causado por una actuación irregular del Estado o de un servidor público. Ejemplo de ello son negligencias médicas por servicio prestados por centros de salud pertenecientes al Estado, o por los accidentes de la CFE por el suministro de energía eléctrica, o por cualquier daño ocasionado por el Estado y sus servidores públicos. En estos casos, el proceso se lleva a cabo a través de un juicio de responsabilidad patrimonial del Estado. Si se demuestra que una actividad irregular o negligente del Estado causó un daño, la persona afectada tiene derecho a ser indemnizada. La representación legal en estos casos es esencial para probar tanto el daño como la relación directa con la actividad estatal.

En materia laboral, la representación legal se enfoca en reclamar daños causados por empleadores hacia los trabajadores. O por los daños sufridos por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, e incluso por acoso laboral. Estos daños pueden ser patrimoniales, como el incumplimiento de pagos o beneficios laborales, o incapacidad sobrevenida, y también extrapatrimoniales, como el daño moral sufrido por acoso laboral o despido injustificado. Los trabajadores pueden exigir una indemnización y otros derechos que les correspondan a través de un juicio laboral y en ocasiones también en materia de reparación integral del daño ante jueces civiles, en el cual el abogado representa y defiende sus intereses.

Los daños patrimoniales abarcan pérdidas económicas directamente mensurables. Algunos ejemplos comunes incluyen:

  • Civil: Daños a propiedades, incumplimiento de contratos o pérdida de ingresos, daño moral, daños punitivos, daño al proyecto de vida, daños y perjuicios
  • Penal: Hurto, fraude o daños materiales causados por la comisión de un delito, daño a la integridad física y psíquica de la víctima.
  • Administrativa: Daños causados por la negligencia o acciones indebidas de servidores públicos (como daños a la propiedad por falta de mantenimiento de infraestructura pública), mala praxis médica contra instituciones de salud pertenecientes al Estado, daños por el suministro de la energía eléctrica, derivado de accidentes de transporte publico explotado y perteneciente al Estado, entre otros.
  • Laboral: Falta de pago de salarios o prestaciones, o despido injustificado, acoso laboral, accidentes de trabajo o enfermedades profesionales,

Los daños extrapatrimoniales son aquellos que no afectan directamente el patrimonio de la persona, sino su bienestar emocional, psicológico o social. Entre los más comunes están el daño moral, el daño psicológico y la afectación a la reputación, honor y vida privada, y el daño estético.

  • Civil: Los daños extrapatrimoniales pueden ser reclamados cuando una persona sufre daños morales como resultado de difamación, calumnia o daño a su imagen personal, la responsabilidad civil contractual o extracontractual, derivada del uso de mecanismos peligrosos, daños causados por los animales o cosas, o por la contaminación de las empresas
  • Penal: En delitos, como agresiones físicas o violencia psicológica, la víctima puede reclamar indemnizaciones por el sufrimiento moral causado.
  • Administrativa: Si la acción de un funcionario público causa un daño moral, la víctima puede demandar al Estado por afectaciones extrapatrimoniales.
  • Laboral: El acoso laboral, la discriminación o el trato humillante pueden justificar una reclamación por daños morales en el ámbito laboral.

El abogado tiene un papel crucial en la reclamación de daños patrimoniales y extrapatrimoniales. Su función principal es representar y defender los intereses de la persona afectada, demostrar ante los tribunales la existencia del daño y su relación con la conducta ilícita o negligente del demandado. Además, el abogado se encarga de preparar la estrategia legal, reunir pruebas, y argumentar adecuadamente para asegurar que la víctima obtenga la compensación o reparación adecuada, no cualquier abogado puede representar un caso de DERECHO DE DAÑOS, debe estar especializado en la materia.

Los casos de negligencia médica son complejos, por ello debe hacerse un análisis especial de cada caso en particular acompañado de una opinión médica legal, en ocasiones existe responsabilidad por parte de los profesionales de la medicina así como por parte de las Instituciones de salud pública o privada, en INDEMNE somos un equipo de abogados y peritos que podemos analizar tu caso y darte una asesoría integral para la defensa de tus intereses y salvaguardar tu salud e integridad física y psíquica.

Para obtener una indemnización por daños patrimoniales y extrapatrimoniales, se deben cumplir ciertos requisitos, que pueden variar ligeramente según la rama del derecho:

  1. Existencia del daño: Debe demostrarse que la persona efectivamente ha sufrido un perjuicio, ya sea económico o moral.
  2. Responsabilidad del infractor o bien la utilización del mecanismos de riesgo: Se debe probar que la persona o entidad demandada es responsable del daño, ya sea por acción u omisión, en algunos casos no es necesario probar la conducta del responsable como por ejemplo cuando el causante del daño es un mecanismo de riesgo como un vehículo automotor, como la conducción de la energía eléctrica, una actividad riesgosa como la minería, entre otras, en ese caso se releva del elemento de la culpa, a este tipo de responsabilidad se le denomina objetiva.
  3. Relación causal: Es necesario establecer una relación directa entre la conducta del demandado y el daño sufrido por la víctima.
  4. Cuantificación del daño: En el caso de los daños patrimoniales, se deben cuantificar las pérdidas económicas. Para los daños extrapatrimoniales, como el daño moral, aunque no son fácilmente cuantificables, se busca una compensación acorde a la gravedad del perjuicio.

Sí, es posible reclamar simultáneamente daños patrimoniales y extrapatrimoniales en un mismo proceso judicial. Cuando una persona sufre tanto daños económicos como daños morales o psicológicos por el mismo hecho, el abogado puede solicitar al juez que reconozca ambos tipos de perjuicios y otorgue la compensación correspondiente para cada uno. El juez evaluará las pruebas presentadas y, en función de la gravedad y el impacto de los daños, determinará la indemnización adecuada.

El monto de la indemnización por daños patrimoniales y extrapatrimoniales depende de varios factores:

  • Gravedad del daño: A mayor gravedad del daño sufrido, mayor será la compensación.
  • Pruebas presentadas: La solidez de las pruebas que demuestren tanto el daño como su relación con la conducta del demandado es crucial.
  • Naturaleza del daño: Los daños patrimoniales son más fáciles de cuantificar, mientras que los extrapatrimoniales, como el daño moral, requieren una evaluación del impacto emocional o psicológico.
  • Circunstancias particulares: El contexto de cada caso, como el grado de negligencia o intencionalidad del infractor, también puede influir en el monto final de la indemnización.

La duración del juicio depende mucho de cada caso en particular, y el numero de personas involucradas en el proceso, sin embargo, el tiempo de un juicio de esta naturaleza oscila entre 2 y 4 años, sien embargo, es posible que una vez entablada la demanda, la parte demandada intente llegar a un acuerdo conciliatoria y el juicio se concluya mediante un convenio.

Normalmente son juicios muy caros, ya que las pruebas para determinar los daños patrimoniales o extrapatrimoniales son mediante periciales en diversas especialidades, sin embargo, INDEMNE puede patrocinar tu caso, previo análisis del mismo, en caso de que sea viable los honorarios podrán ser pagados una vez que obtengas la indemnización por los daños sufridos.

No. Los servicios profesionales de abogado son catalogados como obligaciones de MEDIOS y no de resultados, esto significa que el abogado no puede garantizar el éxito del juicio, pero si puede poner todos sus conocimientos necesarios en el diseño de la estrategia y defensa en juicio para obtener una sentencia favorable, en INDEMNE somos abogados especializados en el Derecho de daño con mas de 20 años de experiencia que nos respalda, por lo que si bien no podemos asegurar el éxito del juicio, si aseguramos que pondremos todos nuestros conocimientos y experiencia adquirida para la defensa de tus intereses.

El tiempo para reclamar depende de la vía, es decir si es en materia penal, civil, laboral o administrativa, así como el estado de la república en la que te encuentres, sin embargo por regla general son dos años, a partir de que ocurre el hecho victimizante, o bien eres conocedor del daño, en algunos caso cuando se trata de daño moral el plazo se amplía hasta 10 años, ello dependerá de cada caso en particular, en INDEMNE analizamos tu caso y te damos una evaluación del mismo.

El daño moral lo determina el juez, atendiendo a los derechos lesionados, el grado de responsabilidad del responsable, la situación económica del responsable y de la víctima, así como todas las circunstancias del caso en particular, por lo que la pericia y expertise del abogado es trascendental para demostrar esos elementos y lograr que el juez fije una indemnización por daño moral acorde a la afectación sufrida.

Los daños punitivos, son castigos ejemplares que se imponen a personas física o morales que han actuado con grave negligencia ocasionando daños irreparables a las personas, con las imposición de condenas altas en dinerario se pretende disuadir a dichas personas de conductas negligentes y evitar que esos daños se vuelvan a ocasionar.

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